Un local comercial en Mairena del Aljarafe / AD
Un local comercial en Mairena del Aljarafe / AD

Para fomentar y apoyar al comercio local de Mairena del Aljarafe, su Ayuntamiento destinará 120.000 euros para que las familias y empresas de la localidad gasten en negocios del municipio. El objetivo es intentar paliar los efectos económicos de la pandemia del Coronavirus.

Una medida para combatir la crisis del covid-19 entre familias y el comercio local

La convocatoria de ayudas se publicará el próximo mes de abril. Así, por una parte, se beneficiará a establecimientos de la ciudad y, por otra, a personas empadronadas con unos niveles de renta establecidos. Los bonos que recibirán las personas serán de 150, 200 y 250 euros.

Para poder participar como establecimiento adherido en la presente campaña se deberá tener la condición de PYME y desarrollar la actividad empresarial en el término municipal de Mairena del Aljarafe. Además, se tendrá que estar al corriente ante sus obligaciones en materia de Seguridad Social, y Hacienda. El comercio local que opte a tales apoyos, no podrá ser una franquicia ni ubicarse dentro de grandes superficies minoristas.

Requisitos para los compradores del comercio local

Respecto a los posibles compradores, los requisitos que se piden es tener más de 18 años y estar emancipado. Además, habrá que estar empadronado y que la residencia habitual sea Mairena del Aljarafe. Igualmente, se tendrá que estar al ante obligaciones en materia de Seguridad Social y Hacienda, y pertenecer a una unidad familiar con ingresos en los siguientes umbrales económicos:

– Familias de 1 solo miembro hasta 2 veces IPREM (15.039 euros)

– Familias de 2 o 3 miembros hasta 3,5 veces IPREM (26.318 euros)

– Familias de 4 ó más miembros hasta 4,5 veces IPREM (33.838 euros)

Tres ayudas más

Este bono comercial se une a otras tres líneas de ayudas económicas para los emprendedores de la localidad, con un importe global de 610.000 euros. Una de ellas se centra en los autónomos por valor de 235.000 euros. Se sufragarán los gastos corrientes en los que incurre el empresario individual autónomo para el desarrollo de su actividad empresarial bajo los efectos de la pandemia.

Estos gastos harán referencia a la cuota a la seguridad social en RETA, gastos alquiler local, gastos suministros (luz, agua, teléfono, internet, combustibles), gastos asesoría, seguros y tasas por veladores. La cuantía subvencionable máxima de hasta 1500 euros.

Las ayudas a pymes suman 225.000 euros. Sufragarán los gastos corrientes acreditados en los que incurre las empresas, excluidos los autónomos, para el desarrollo de su actividad empresarial bajo los efectos de la pandemia, siendo estos la cuota a la seguridad social en RETA, gastos alquiler local, gastos suministros (luz, agua, teléfono, internet, combustibles), gastos asesoría, seguros, gastos personal y/o cuota de la S. S. en ERTE y tasas por veladores. La cuantía subvencionable máxima de hasta 2000 euros.

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