La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Coria del Río (Sevilla) ha decretado el archivo provisional de las diligencias abiertas por el accidente laboral ocurrido el pasado 4 de abril de 2025, en el que tres trabajadores perdieron la vida tras el colapso de una nave agrícola en la finca El Sequero.
El caso se investigaba como un posible delito contra los derechos de los trabajadores. Sin embargo, la magistrada concluye en su resolución que no hubo infracción por parte de la empresa y que el siniestro se debió a una causa de “fuerza mayor”, concretamente al impacto de un tornado de gran intensidad.
Según los informes de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), ese día se registró un tornado de intensidad IF2 en la escala Fujita, con rachas de viento de hasta 220 km/h, que provocó daños en distintas zonas de Sierra Morena y en la propia finca El Sequero.
El informe pericial señala que la nave se encontraba en buen estado de conservación, sin signos de desgaste en los materiales, y que el desplome se produjo por la “imprevisible e inevitable irrupción” del tornado, que levantó la estructura y el techo del inmueble.
Acción extraordinaria y fortuita
En la misma línea, el informe de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía concluye que la causa determinante fue la acción extraordinaria y fortuita del tornado, descartando fallos estructurales o deficiencias de conservación. La nave, construida hacía 36 años, había resistido sin incidencias anteriores episodios de viento habituales.
Por todo ello, la jueza determina que no se puede continuar con la causa penal, ya que la ley solo contempla delito contra los derechos de los trabajadores o un posible homicidio imprudente si se demuestra que la empresa incumplió las normas de prevención de riesgos laborales, algo que en este caso no ocurrió.