Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ubicado en Granada.
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ubicado en Granada.




El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la pena de 6 años y medio de prisión a Francisco M.L.M, vecino de Coria del Río, por malos tratos y violación a su novia.

El condenado tenía 22 años cuando, en 2016, pegó en repetidas ocasiones a su entonces pareja de 19 años y posteriormente la violó en una casa de Coria del Río donde vivía con sus padres y hermano.

Tras una discusión Francisco golpeó con los puños en el costado derecho, espalda y otros lugares del cuerpo de la víctima. Después de agredirla quiso mantener relaciones sexuales «y al negarse a ello, el acusado le dijo que no se iba, la tumbó sobre la cama y volvió a golpearla con los puños en varios lugares del cuerpo, incluida la zona de las costillas, diciéndole que iban a hacerlo», relata la sentencia a la que ha tenido acceso Aljarafe Digital.




Ante la agresividad desplegada por el procesado y el dolor causado por los golpes, la mujer «optó por dejar de resistirse, consiguiendo entonces el procesado penetrarla vaginalmente».

Tras quedarse dormido Francisco, la agredida salió de la vivienda y pidió auxilio a su cuñada y a un amigo, acudiendo después a un centro de urgencias donde fue atendida.

La víctima sufrió lesiones en el cuello, hombro izquierdo, brazo derecho, dorso y costados como así confirman los informes periciales.

La defensa: no fue violación sino una «acalorada y apasionada relación sexual»

Francisco M.L.M recurrió la sentencia condenatoria en primera instancia alegando que las lesiones detectadas en su cuerpo se debían a «una acalorada y apasionada relación sexual», por lo que mantuvieron una relación sexual consentida sin empleo de la violencia, y que la acusación de su entonces pareja «se debía a celos por haber mantenido conversaciones telefónicas con otras jóvenes».




Además, el condenado alega que la víctima manifestó en un primer momento a su cuñada que su novio «le había pegado, sin aludir a otro tipo de ataque», es decir, sin relatar la violación.

La víctima ya argumentó en el juicio que en principio ella «no sabía si lo ocurrido podía considerarse violación ya que el causante del hecho había sido su propio novio». No obstante, en esa misma tarde la joven acudió a su centro médico y de inmediato explicó que le había forzado a mantener relaciones sexuales, como también testificó posteriormente a la Guardia Civil.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado estos argumentos y, por lo tanto, el recurso de apelación. Confirma así la condena de seis años y medio de prisión, y prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante ocho años y medio.


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