Archivo - Gasolinera investigada por la contaminación de Coria - ASOCIACIÓN DE AFECTADOS DE CORIA - Archivo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado reactivar la declaración de los suelos de la Gasolinera de Coria como contaminados. Los vecinos de la barriada del Guadalquivir se habían visto afectados por un prolongado episodio de contaminación, derivado de un vertido de hidrocarburos de la gasolinera Zamarrilla Inversiones S.L.

En una sentencia emitida el pasado 15 de noviembre, y recogida por Europa Press, la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA abordaba un recurso del colectivo vecinal contra un total de siete resoluciones del Ayuntamiento de Coria del Río y diferentes instituciones, con resultado desfavorable a sus intereses.

Peticiones de los vecinos

El recurso comprendía un total de 12 peticiones al tribunal, como que el mismo declarase «la existencia de una situación de grave riesgo para la salud pública en la Barriada Guadalquivir como consecuencia del problema de contaminantes». Pedían también que se declarasen los suelos de la mencionada gasolinera «como suelos contaminados, condenando al Ayuntamiento de Coria a que inicie con carácter inmediato un nuevo procedimiento para la declaración de suelos contaminados». Además, exigían que se ordenase al Consistorio y a la Junta «la inmediata descontaminación de los terrenos» de la estación de servicio, así como el reconocimiento de un «daño antijurídico y efectivo a los vecinos, susceptible de cuantificación con reserva de los derechos de estos a instar su correspondiente indemnización». Los vecinos pidieron, por último, que se ordenase a la Junta crear «un comité de expertos que se encargue de un estudio epidemiológico» y a asignar al colectivo un «médico especialista en toxicología».

Condena al Ayuntamiento y a la Junta de Andalucía

Otras de las peticiones consistían en solicitar al TSJA que condenase al Ayuntamiento y a la Junta de Andalucía a promover un «programa de realojamiento», asignando a cada una de las familias de la barriada «una vivienda libre de exposición a contaminantes, en tanto que no sean descontaminados todos los terrenos afectados, y sustituidas ó reparadas todas las infraestructuras de la red de saneamiento afectadas». También, que se condenara a ambas administraciones a emprender «la potestad disciplinaria sobre todos los empleados y cargos de cualquier naturaleza que hayan resultado responsables, directa o indirectamente, de la demora en la actuación administrativa»

«Existencia de contaminantes en los terrenos»

Al respecto, el TSJA expone en su sentencia que, merced a un informe de la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Agua, resulta «inequívoca la existencia de contaminantes en los terrenos indicados, con una clara afectación a las viviendas de los vecinos».

El tribunal precisa, no obstante, que si el Ayuntamiento de Coria acordó archivar el expediente de declaración de los suelos de la gasolinera como contaminados no fue por «considerar que los suelos no estén contaminados», sino por «la incoación de un proyecto de recuperación voluntaria del suelo por parte de la administración autonómica a instancia de la propietaria del suelo».

El TSJA determina que «en modo alguno el procedimiento para la declaración de suelos como contaminados es incompatible con el proyecto para la recuperación voluntaria del suelo, sino que simplemente, este no requiere como presupuesto a aquel. Pero nada impide que ambas se tramiten de forma simultanea, especialmente, en cuanto que su competencia es local para uno y autonómica para otro».

Sin especificar los «daños ciertos y actuales»

A partir de ahí, el tribunal desestima todo el resto de impugnaciones y peticiones del colectivo, rechazando el reconocimiento de un «daño antijurídico y efectivo a los vecinos, susceptible de cuantificación con reserva de los derechos de estos a instar su correspondiente indemnización», al no recoger la pretensión ejercida «unos daños ciertos y actuales».

Respecto a los aspectos disciplinarios reclamados por el colectivo, el TSJA zanja que no pesa en su petición un «interés legítimo actual y determinado que pueda derivar de la incoación y en su caso sanción a los empleados públicos intervinientes» en los trámites relacionados con este asunto, que además cuenta con una vertiente penal en los juzgados de Coria del Río.

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