Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo le da la razón a una vecina de Coria del Río que fue desahuciada de su vivienda porque la parcela era propiedad de su exsuegro.

Los jueces entienden que la vivienda había sido construida por el matrimonio en la parcela del suegro con el consentimiento de su entonces marido, de quien se ha divorciado.

Esta decisión del Alto Tribunal contraviene la decisión de la Audiencia Provincial de Sevilla tras un recurso de casación interpuesto por la mujer. La Audiencia Provincial, a su vez, había dado la razón al suegro corrigiendo la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Coria del Río tras un recurso de apelación de este.

El Tribunal Supremo explica en su sentencia que el exsuegro compró la parcela en 1991 y libremente se la cedió a su hijo y a su esposa desde 2005 a 2015, como así ha recogido la agencia EFE.




Cuando se produjo el divorcio la vivienda fue adjudicada a la mujer y los tres hijos del matrimonio. Tras esta decisión judicial el suegro presentó una demanda de desahucio ante su exnuera para tener a su disposición la finca. Entonces la mujer argumentó que ella, junto a su marido, construyeron la vivienda entre 2004 y 2006 sobre el terreno que su exsuegro les «cedió gratuitamente».

El desahucio se produjo, pero ahora el Tribunal Supremo decide devolver la vivienda a la mujer en una sentencia ante la que no cabe recurso. El Alto Tribunal considera que esta vecina de Coria no solo posee el terreno «por la simple cesión» del suegro, sino también porque invirtió dinero en construir la casa con el permiso de este último. «No se puede negar (…) a la vista de las facturas a su nombre y el de su marido y de los albaranes de entrega», reza la sentencia.

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