Las mascarillas dejan de ser obligatorias en interiores, sin embargo, en algunos espacios compartidos siguen siendo obligatorias. Este es el caso de los medios de transporte públicos, como los autobuses de Sevilla al Aljarafe y el metro.
El 19 de abril, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la modificación que cambiará la exigencia del uso de la mascarilla en interiores.
Aparte de los transportes, es también obligatoria el uso de la mascarilla en centros sanitarios y sociosanitarios, como residencias, tanto para trabajadores como para visitantes.
Movilidad y mascarillas, las dos caras de la moneda en el transporte
La mascarillas será obligatorias en cualquier transporte de uso público colectivo. Entre ellos se encuentra, los autobuses, tanto urbanos y como media y larga distancia, los trenes, cercanías y metro. Asimismo, los aviones, barcos, ferris, teleféricos, tranvías y funiculares.
En estos vehículos colectivos se tendrá que seguir portando la mascarilla, así como en los pasillos y andenes en el caso del metro o trenes de Cercanías.
Esta medida sale de la recomendación recogida en el informe de ‘Posicionamiento de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta sobre el uso de mascarillas en espacios interiores.‘ En esta, se aconseja que solo es obligatorio en este supuesto, además de las excepciones señaladas.
Con esta medida, España se armoniza con los otros estados de la Unión Europea. Estos también obligan a llevar las mascarillas en el transporte público y centros sanitarios.
Coches, taxis y vehículos VTC
Los taxis y vehículos de transporte con conductor (VTC) no son medios de transporte colectivo pero sí de transporte público.
Pese a que no se ha informado nada sobre este caso, se seguirá recomendando el uso de la mascarilla en espacios cerrados y donde no haya distancia de seguridad. Asimismo, es recomendable para aquellas personas vulnerables como los mayores de 60 años, mujeres embarazadas y personas inmunodeprimidos.