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La Mancomunidad del Guadalquivir ha emitido un bando con las prohibiciones del uso de agua por el que queda totalmente fuera de discusión el riego de jardines o baldeo de calles, entre otras formas de utilizar de recreativamente el agua potable.
Restricciones y prohibiciones del uso del agua
Riego y baldeo de calles, plazas o cualquier recinto, público o privado, el Riego de zonas verdes o jardines, públicos o privados. Asimismo, no se podrá llenar las piscinas privadas y públicas, salvo que dispongan y estén en funcionamiento con un sistema de depuración y recirculación. Tampoco se podrán usar las fuentes para consumo humano que no dispongan de elemento automático de cierre, ni se podrá llevar a cabo la limpieza de cualquier clase de vehículos, si no es en establecimiento que tengan ésta como actividad primordial.
Se reitera la prohibición de disponer bocas de riego y manipular en la red de distribución general sin autorización escrita de Aljarafesa, salvo en los casos de incendio. De igual forma, se prohíbe enlazar redes de agua de abastecimiento público con las procedentes de pozo, pudiendo, en caso de infracción, suprimirse el suministro por razones sanitarias.
Por estas mismas razones, se recuerda la prohibición de usar agua de pozo para fines domésticos sin el tratamiento adecuado. Y, finalmente, se suspende temporalmente los contratos de suministro destinados a usos prohibidos y detallados en las normas anteriores.