La Audiencia de Sevilla ha condenado al responsable a 21 meses en prisión
La Audiencia de Sevilla ha condenado al responsable a 21 meses en prisión

Una mujer ha sido condenada por un delito leve de usurpación por okupar una vivienda de un banco en San Juan de Aznalfarache. Así lo ha adelantado Europa Press, agencia que también ha recogido que la multa que se le impondrá será de 270 euros, así como el desalojo del piso okupado.

De esta forma, la Audiencia de Sevilla confirma la sentencia previa por un delito de usurpación. Una sentencia aborda un recurso de apelación de una persona que, contra una sentencia previa del Juzgado de Instrucción número 17, le condenaba a 270 euros por un delito leve de usurpación por okupar una propiedad de BildingCenter, filial de Caixabank. Una okupación que, según declaró dicho juzgado, se realizó «sin consentimiento de su propietaria».

La defensa de la condenada que okupó la vivienda del banco

La condenada argumentó en su recurso de apelación que, entre otros puntos, «no había habido una violenta okupación del inmueble al entregarle un anterior okupante las llaves de la vivienda» del banco. En este sentido, también añadió que «el inmueble se encontraba en situación de abandono por lo que no conocía que fuera de alguien, lo que motiva la inexistencia de dolo».

Ninguna de estas explicaciones convenció a la Audiencia de Sevilla que ha sido firme en su sentencia, resaltando que «no basta alegar que se carece de ingresos, ni vivienda, ni petición de otros recursos habitacionales, que ni siquiera se documenta por escrito». Además, ésta no es la única sentencia emitida por la Audiencia de Sevilla en los últimos años sobre okupaciones de viviendas en San Juan de Aznalfarache llevadas a cabo por personas sin título sobre las mismas y carentes de contratos de alquiler por ellas.

La okupación de viviendas, en el punto de mira legislativo

El PSOE registró el pasado mes de septiembre una enmienda a la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuyo objetivo es reducir a 48 horas la expulsión de okupas desde que lo denuncia el propietario de la vivienda o tiene lugar el atestado policial. La enmienda también señala el deber de las administraciones públicas de dar soluciones residenciales a los okupas que se encuentren en una clara situación de vulnerabilidad.

El gran pero de la propuesta es que se centra en «allanamiento de morada y okupación ilegal de bienes inmuebles», por lo que las okupaciones de inquilinos que se niegan a pagar y a permanecer en la vivienda se queda más en el aire.

Deja un comentario