Los menores infractores que tengan su domicilio en Sanlúcar la Mayor de Sevilla podrán cumplir las medidas judiciales que les impongan los juzgados de Menores en su municipio y sin necesidad de desplazarse hasta Sevilla capital. Estos jóvenes podrán así realizar trabajos en beneficio de la comunidad o tareas socieducativas en su propia localidad.

El delegado territorial de Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta en Sevilla, Javier Millán, y el alcalde de Sanlúcar la Mayor, Juan Salsado, firmaron un convenio de colaboración el pasado 28 de abril. Este convenio asegura facilitar que este tipo de medidas de medio abierto, que no conllevan internamiento de los menores de Sanlúcar, sean ejecutadas en servicios municipales.

De esta forma, el acuerdo permite el desarrollo de trabajos en beneficio de la comunidad o tareas socieducativas. Estas la llevarán a cabo estos jóvenes en diferentes servicios del Consistorio como puedan ser culturales, educativas o atención social. Los jóvenes se encontrarán siempre bajo la supervisión de los técnicos municipales, los servicios de Justicia Juvenil de la Delegación, y la pertinente autorización judicial. Igualmente, el convenio incluye el seguimiento de la permanencia de fin de semana en el domicilio familiar. Esto, efectuado por parte de la Policía Local o, en su defecto, por otro personal funcionario que desempeñe estas funciones.

Intervención eficaz y prevención de conductas de riesgo

El objetivo es canalizar la cooperación y colaboración entre ambas administraciones. Con el objetivo de la ejecución de las medidas y la intervención en el entorno familiar. Es decir, el entorno familiar de menores infractores en situación de conflicto con la sociedad, que hayan de cumplir las referidas medidas. Así, la colaboración institucional permite actuar en su entorno lo que contribuye a una intervención más eficaz para las personas menores, y a la prevención de conductas de riesgo en los propios municipios. 

Como administración competente en Justicia Juvenil, y tal y como recoge la Ley del Menor, la consejería y sus delegaciones tienen la potestad de alcanzar este tipo de acuerdos. Asimismo, con entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo y cumplimiento de estas medidas.

La realización de estas tareas no implica ningún tipo de relación laboral con la entidad ni tampoco son remuneradas. Además, todas deberán estar adaptadas a las capacidades del menor y estarán relacionadas con las actividades que desarrolla la misma.

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