Tomares
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La Audiencia de Sevilla ha revocado una sentencia de desalojo en Tomares. En dicho veredicto se condenaba a un hombre a abandonar una casa perteneciente a un banco. Según ha adelantado Europa Press, el tribunal sevillano considera «fraude de ley» por parte del banco propietario que «dentro del procedimiento habría eludido a propósito las normas de protección a los deudores en los procesos de ejecución hipotecaria y con el riesgo de exclusión social».

La Audiencia de Sevilla tramitó un recurso de casación que puso el habitante del desalojo evitado en Tomares el pasado 30 de junio. Un recurso que se dirigía contra una resolución del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla.

El desalojo ilegal de Tomares

En esta línea, la Audiencia de Sevilla ha insistido en que «constituye una pretensión ejercitada de fraude de ley prohibida en el Código Civil» ya que no se entiende por qué se ha procedido a la vía del desahucio en lugar del de la ejecución hipotecaria. «Lo cual lleva a concluir que pretende eludir la aplicación de las normas legales anteriormente invocadas, cosa que no puede tener amparo judicial».

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