Un sevillano ha sido condenado a seis años de prisión tras incendiar el bloque de pisos donde vivía en Camas y darse a la fuga. El acusado mantenía una mala relación con sus vecinos, lo que le llevó a cometer este acto delictivo por el que no podrá acercarse durante diez años a menos de 300 metros de la vivienda.
Los hechos se remontan al 18 de mayo de 2018, cuando el acusado decide terminar la relación con sus vecinos de la peor manera. La sentencia recoge que «las relaciones que mantenía con sus vecinos del edificio eran malas, dando lugar, en ocasiones, a la intervención de la policía, incluso con denuncias de los vecinos días atrás de los hechos de autos». También, días anteriores al 18 de mayo, una trabajadora de un salón de juegos cercano al edificio, aseguró haber oído decir que «iba a meter fuego al bloque».
Fue entonces cuando, pasadas las 0:30 horas del 18 de mayo, el acusado, «en venganza contra sus vecinos por las malas relaciones mantenidas con ellos», prendió fuego a un montón de desechos y basuras existentes junto a la parte baja de la puerta de salida al patio interior del edificio, así como en la encimera de la cocina de su propia vivienda.
«Estoy hasta los cojones de los vecinos»
Tras ello, abandonó el edificio y se marchó en dirección Sevilla, «diciendo al pasar por la puerta de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la localidad: «me voy al Cerro del Águila, estoy hasta los cojones de los vecinos«».
Estos, al percatarse de que salía humo por el hueco del patio interior, así como del resplandor de las llamas, dieron aviso a la policía, personándose una dotación de Policía Nacional y otra de Policía Local que intentaron apagar el fuego con un extintor manual, sin lograrlo. A su vez, trataban de desalojar a los vecinos del edificio, algunos de los cuales se encontraban durmiendo.
Rápidamente se personó en el lugar una dotación de Bomberos del Aljarafe, quienes procedieron a extinguir el fuego con una manga de agua y a desalojar el humo de las escaleras y el patio interior.
Detención y quebrantamiento de medida cautelar
El acusado fue detenido en las afueras de Camas esa misma noche, momento en el que se le impuso la prohibición de acercarse a menor de 300 metros del inmueble incendiado. No obstante, tres días después, el acusado volvió a ser detenido al encontrarse a menos de la distancia indicada del bloque de pisos.
Por todo ello, el acusado ha sido condenado como autor de un delito de incendio del artículo 351 del código penal a seis años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y prohibición de acercarse al inmueble a menos de 300 metros durante diez años. También ha sido condenado por «un delito de quebrantamiento de medida cautelar», al acercarse a la vivienda a menos de 300 metros, por lo que se le condena a 14 meses multa a razón de 6 euros al día con aplicación del artículo 53 del código penal en caso de impago por cada uno de los dos delitos de quebrantamiento, así como al pago de 2/3 de las costas.